Buzón IMSS

Con el objetivo de digitalizar y simplificar el cumplimiento de las obligaciones en materia de seguridad social de los Patrones, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Reforma a la Ley del Seguro Social en la materia de la herramienta digital Buzón IMSS, modificando los artículos 5 A, 286 L y 286 M, a través de los cuales, se establece la obligatoriedad del mismo, adicionalmente, se publicaron los lineamientos de carácter general para la operación del Buzón IMSS, en los cuales resalta lo siguiente:

● Todos los patrones tendrán asignado un Buzón electrónico ante el IMSS, a través del cual podrán efectuar actuaciones y recibir notificaciones por el instituto.
● La fecha límite para habilitar el Buzón IMSS es el 1 de febrero de 2025, si ya lo activaste previamente, seguirá vigente.

Para habilitar el Buzón IMSS, deberás realizar los siguientes pasos:

1.  Ingresa a la página www.imss.gob.mx/buzonimss
2.  Ingresa la e.firma del SAT vigente, para autenticación.
3.  Registra y válida al menos un correo electrónico y un número de teléfono.
4.  Firma los términos y condiciones.

 

Para más información, contacta a:

Centro de contacto telefónico del IMSS: 800 623 23 23, opción 5, nuevamente opción 5.

BUZÓN IMSS

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