Con el objetivo de digitalizar y simplificar el cumplimiento de las obligaciones en materia de seguridad social de los Patrones, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Reforma a la Ley del Seguro Social en la materia de la herramienta digital Buzón IMSS, modificando los artículos 5 A, 286 L y 286 M, a través de los cuales, se establece la obligatoriedad del mismo, adicionalmente, se publicaron los lineamientos de carácter general para la operación del Buzón IMSS, en los cuales resalta lo siguiente:
● Todos los patrones tendrán asignado un Buzón electrónico ante el IMSS, a través del cual podrán efectuar actuaciones y recibir notificaciones por el instituto. ● La fecha límite para habilitar el Buzón IMSS es el 1 de febrero de 2025, si ya lo activaste previamente, seguirá vigente.
Para habilitar el Buzón IMSS, deberás realizar los siguientes pasos:
1. Ingresa a la página www.imss.gob.mx/buzonimss 2. Ingresa la e.firma del SAT vigente, para autenticación. 3. Registra y válida al menos un correo electrónico y un número de teléfono. 4. Firma los términos y condiciones.
Para más información, contacta a:
Centro de contacto telefónico del IMSS: 800 623 23 23, opción 5, nuevamente opción 5.